Procuradora del Ministerio de Justicia denuncia ante la Fiscalía a red de empresarios, abogados y árbitros del Centro de Arbitraje del Colegio de Abogados de Lima.
César Romero C.
Una organización inmobiliaria estaría utilizando al Centro de Conciliación del Colegio de Abogados de Lima y los vacíos en la Ley de Arbitraje para apropiarse de diversos inmuebles en la ciudad de Lima, entre ellos una casa en Chaclacayo de la Fundación por los Niños del Perú.
Ante esta situación, la procuradora del Ministerio de Justicia, María Lovera Dávila, presentó una denuncia ante la Fiscalía para que se investigue lo que sucede con el inmueble de la Fundación por los Niños del Perú, se identifique a esta organización, y de demostrarse que han cometido delito se les aplique una sanción.
La denuncia está dirigida a Pedro Rolando Landa Niada, gerente general de la empresa Brida SAC, y a los miembros del Tribunal Arbitral del CAL Alberto Vásquez Ríos, Claudia Sotomayor Torres, Magno Iván Paredes Neyra y los secretarios arbitrales Patricia León Roca y Juan Bazán Chávez, y otros que resulten responsables.
Documentalmente, esta historia comienza en junio del 2009, ad portas de iniciarse el proceso de liquidación de la Fundación por los Niños del Perú, al no poder cumplir con sus objetivos.
El 16 de junio del 2009 se suscribe un contrato de arrendamiento del inmueble de la Fundación, ubicado en la urbanización Los Cóndores, en Chaclacayo, con la empresa Brida SAC, con una vigencia de 10 años, prorrogables, y un pago mensual de US$ 7,735 dólares.
En una de las cláusulas del contrato se estableció que “… la propiedad objeto del contrato de arrendamiento requiere de la ejecución de obras de mantenimiento, remoción, limpieza, arreglos y diversas mejoras para tener la condición de habitable y permitir su utilización…”.
Además, se indica que Brida “procederá por cuenta propia a ejecutar los trabajos de mantenimiento, así como los arreglos y mejoras que el inmueble requiere para viabilizar su habitabilidad y uso…”.
En virtud de esa cláusula y la interpretación que Brida hace, el 17 de julio del 2009 la empresa le comunica al ex gerente general de la Fundación Luis Mendieta Flores que procederán a realizar una serie de obras civiles que tendrían un costo estimado de 450 mil dólares.
En tanto, en enero del 2010, el Poder Judicial declaró la disolución de la Fundación y nombró una junta liquidadora del Ministerio de Justicia que debe proceder a distribuir sus bienes a otras entidades de apoyo social, a la que se le oculta lo que sucede en Chaclacayo.
Así, el 15 de noviembre del 2010 Brida le comunica al ex gerente de la Fundación que los trabajos de remodelación han concluido a un costo de 387,976.26 dólares, que debe cancelarle.
ARBITRAJE
La fundación responde que de acuerdo con el contrato de arrendamiento no puede haber reembolso alguno por las mejoras al inmueble, y entonces Brida acude al proceso de arbitraje ante el CAL y Luis Mendieta, sin informar a la Junta Liquidadora de la Fundación, se somete al proceso de arbitraje.
La maquinaria para arrebatar el inmueble a la Fundación entra en movimiento, pese a la oposición de la Junta Liquidadora y el Ministerio de Justicia, que nada pueden hacer.
Entre otras irregularidades, pese a que la Ley de Arbitraje señala que cada una de las partes en conflicto elige a un árbitro, el CAL, con el visto bueno de Brida SAC, impuso a los tres árbitros.
Los árbitros impuestos son Alberto Vásquez Ríos, Claudia Tatiana Sotomayor Torres y Magno Iván Paredes Neyra. El CAL no acepta ninguno de los recursos de la Fundación advirtiendo de lo irregular del proceso y de la intervención del ex gerente de la Fundación, pese a ya no tener representación alguna.
El 2 de agosto del 2011 declaró abierto el proceso de arbitraje y concedió a Brida 15 días para presentar su demanda, pero esta recién se presentó y aceptó el 19 de setiembre del 2011, 24 días después de vencido el plazo.
La demanda se acepta el 22 de agosto del 2011, dentro del plazo, pero algunos documentos sustentatorios tienen fecha de expedición setiembre, cuando el plazo había vencido y todo este proceso debió archivarse.
Hoy el arbitraje está pendiente de sentencia. Los árbitros emiten su veredicto mediante un laudo que tiene la condición de cosa juzgada y no puede ser revisado por el Poder Judicial.
De acuerdo con la Ley de Arbitraje, los jueces solo deben hacer cumplir un laudo arbitral sin revisar la legalidad del litigio y si las partes tienen razón en lo que reclaman. Un vacío legal, que los negociantes de terrenos en litigio utilizan en provecho propio.
EMPRESARIO INMOBILIARIO
Aunque su nombre no aparece en los documentos, el Ministerio de Justicia y el congresista Andrés García Belaunde señalan que detrás de Pedro Landa y Brida SAC se encuentra el abogado y empresario inmobiliario Rodolfo Orellana Rengifo, como financista y cerebro de la operación.
Orellana Rengifo niega tener interés en el inmueble de la Fundación por los Niños del Perú, pero sí reconoce que prestó asesoria a Landa Niada para subsanar la propiedad de unos terrenos.
Orellana es el principal comprador de inmuebles en litigio en el país. La semana pasada, el canal 9 de televisión afirmó que de acuerdo con un informe de la Dirección de Inteligencia de la Policía (DIGEMIN), Orellana dirige una red de espionaje telefónico, responsable del chuponeo a Lourdes Flores Nano en las pasadas elecciones generales.
CLAVES
El actual decano del Colegio de Abogados, Raúl Chanamé, presidente del Centro de Arbitraje cuando comenzó el proceso contra la Fundación, dice que los reclamos que esta presentó fueron rechazados porque en el proceso arbitral no existe el "recurso de nulidad".
Chanamé niega que hubiera parcialización con alguna de las partes y señala que hay mucho desconocimiento del procedimiento arbitral.
