El Poder Judicial aclaró ayer que fue el INPE quien decidió la liberación del coronel EP en retiro Roberto Huamán Ascurra por cumplimiento de pena y al no tener otra orden de detención pendiente.
Además se indicó que, de acuerdo con una sentencia de ocho años de prisión impuesta por delito de peculado, por el uso de los bienes del SIN, Roberto Humán debía permanecer en prisión hasta el 12 de septiembre del 2012.
Sin embargo, para el jefe del INPE, José Luis Pérez Guadalupe, el ex encargado del manejo de los equipos de chuponeo en el SIN cumplió la totalidad de su sentencia con pena efectiva, más la redención de algunos meses por trabajar durante su estancia en prisión.
La controversia entre el INPE y el PJ en este caso sería sobre la forma de contar la carcelería. Si bien, Huamán Ascurra permanecía en prisión efectiva desde el 13 de enero del 2001, para los jueces solo cuenta el tiempo en que se encontró sometido al proceso por peculado.
Es decir, la condena de ocho años de prisión debía contarse a partir del 23 de julio del 2002, cuando se le abrió este proceso hasta el 24 de agosto del 2005, en que debió salir, aunque nunca salió, por exceso de detención sin sentencia. Luego, desde el 20 de diciembre del 2005, cuando le dictan sentencia y debía salir el año 2012. ❧
