Aclaración. El presidente de la asociación le responde al ministro de Economía que la norma establece que su padrón con 350 mil inscritos es la base para el registro de beneficiarios. "No es una referencia como dice Castilla", afirma Andrés Alcántara.
Rocío Maldonado
No fue bien recibido por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP) el reciente anuncio del ministro Luis Miguel Castilla, respecto de que la inscripción para los fonavistas será en 45 días vía internet y que además será la única con valor legal para la devolución de aportes.
Andrés Alcántara, presidente de la ANFPP, dijo que las declaraciones de Castilla solo generan confusión y entorpecen el proceso de devolución de aporte. Resaltó que la Ley N° 29625 Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los Trabajadores que Contribuyeron al Mismo establece que la ANFPP debe entregar el padrón de fonavistas a la comisión ad hoc (grupo encargado de llevar adelante el proceso de devolución de aportes) para dar inicio al registro de beneficiarios.
"El padrón de la Asociación de Fonavistas, que ya tiene 350 mil inscritos, no es una referencia como dice el ministro Castilla", sostuvo Alcántara, quien aprovechó para invocar al ministro a nombrar al secretario técnico de la comisión ad hoc y a no inmiscuirse en las decisiones de este grupo de trabajo que, subrayó, es autónomo.
A Alcántara le llamó la atención que el MEF informe que el nombramiento del secretario técnico recién se realizará dentro de diez días, cuando este aseguró días antes que sería para este jueves 9 de febrero.
"Una vez que se nombre al funcionario le entregaremos el padrón de fonavistas y de allí la comisión seguirá con el trabajo", señaló el dirigente, quien se preguntó "con qué dinero se financiará la página web para la inscripción si hasta el momento ni siquiera la comisión ad hoc tiene un presupuesto asignado".
Tardaría un año
Por su parte, el legislador Yonhy Lescano precisó que el reglamento de la Ley N°29625 establece que la comisión ad hoc elaborará su propio padrón de fonavistas, lo cual, estimó, tomaría un año, pues será necesario cruzar datos.
Consideró más importante saber cuánto dinero existe disponible para la devolución de los aportes.
"Hasta ahora el MEF no dice cuánto dinero hay para devolver. Además, la disposición complementaria del reglamento dice que la comisión ad hoc debe requerir a las empresas públicas y privadas las transferencias de las acreencias, fondos y pasivos del Fonavi que estén administrando", refirió Lescano.
El parlamentario señaló que todo esto lo lleva a pensar que no hay dinero en el gobierno para devolver los aportes.
"El asunto es que están poniendo expectativas no muy realistas y diciendo que van a pagar en los próximos meses", indicó.
Lescano advirtió que el reglamento de la Ley N° 29625 solo se refiere a una modalidad de devolución, que es efectivo, sin considerar las otras opciones establecidas en la norma como son la devolución en viviendas de interés social, devoluciones en terrenos, devoluciones en compensaciones tributarias y devoluciones en pagos compensatorios de deudas. "El reglamento no está completo y por eso insisto en que no creo que la devolución de aportes se concrete muy pronto", afirmó.
Lescano recordó además que no existe en el presupuesto público ninguna mención a un fondo para la devolución de los aportes al Fonavi.
Los aportes al Fonavi
En 1999 se formó la ANFPP con el objetivo de lograr que el Estado devuelva los aportes que entre 1979 y 1998 realizaron los trabajadores en planilla al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) y que nunca recibieron ningún beneficio pese a los descuentos puntuales en sus sueldos.
Tras varios años de lucha, la asociación logró recaudar las firmas necesarias para impulsar un referéndum que sometiera a votación popular la devolución de los aportes.
Es así que el 3 de octubre de 2010, junto con las elecciones municipales y regionales, se realizó el referéndum, en el que se impone la opción por la devolución de los aportes.
El 8 de diciembre del 2010 se publica en el diario oficial El Peruano la Ley N°29625 Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los Trabajadores que Contribuyeron al Mismo, mientras que el reglamento de la norma se publicó el 13 de enero del presente año.
En la ley se establece la conformación de una comisión ad hoc que efectuará todos los procedimientos y procesos que sean necesarios para cumplir con la devolución de los aportes de todos los trabajadores que contribuyeron al Fonavi.
Esta comisión ad hoc está integrada por dos representantes del MEF, un representante de la PCM, dos representantes de la Sunat, dos representantes de la oficina de Normalización Previsional (ONP) y tres representantes de la Asociación Nacional de Fonavistas del Perú.
En cifras
350 mil son los fonavistas, según el padrón de la ANFPP.
De 1979 a 1998 tuvo vigencia el Fonavi.
329 millones de nuevos soles de activos del Fonavi existen en los bancos, dice la ANFPP.
45 días es el plazo anunciado por el MEF para iniciar la inscripción de los fonavistas en internet.
LEY N° 29625
ART. 9º. La Comisión Liquidadora del Fonavi hará entrega de toda la documentación e informes pertinentes a la comisión ad hoc, la cual se encargará de la administración y recuperación de las acreencias, fondos y activos del Fonavi. Asimismo, recibirá de la ANFPP los padrones que dieron base a la iniciativa legislativa para facilitar el inicio de la identificación y elaboración del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios de la presente ley.
Testimonio
Máximo Salcedo (63) La ley aprobada por referéndum dice que es la ANFPP la que tiene que elaborar el padrón. Lo que pasa es que el gobierno quiere desconocer nuestra asociación porque es la única institución que pone presión para la devolución de los aportes. La inscripción por internet que anuncia el Ministerio de Economía será para aquellos que no están inscritos en nuestro padrón.
