Se debe revisar escrupulosamente la conducta de los magistrados de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema que revisarán en segunda instancia la condena impuesta a Alberto Fujimori, planteó el ex procurador Ad Hoc, Antonio Maldonado.
“El fallo de la Sala Penal Especial es una sentencia sólidamente fundamentada en criterios estrictamente jurídicos. Entonces corresponde a la sala de revisión (Sala Penal Transitoria) estar a la altura. Creo que es deber de la sociedad civil vigilar la conducta de los magistrados y quiero decirlo de la forma más constructiva. Los magistrados que integran la sala de revisión no deben tener ni asomo de vinculación política partidaria alguna”, manifestó.
“Lo digo claramente en relación al partido de gobierno (Apra) porque lamentablemente este gobierno no ha tenido un escrupuloso cuidado en vincular a magistrados a sus actividades partidarias. Y eso lo hemos visto con la participación del magistrado César Vega Vega de la Corte Superior de Justicia de Lima en actividades políticas del Partido Aprista”, agregó.
Además, señaló que se debe observar el pasado de los integrantes de la Sala Penal Transitoria, respecto a la actuación jurisdiccional que tuvieron frente a casos de corrupción, con el fin de determinar su conducta profesional y corroborar su idoneidad en el proceso de revisión del Caso Fujimori.
“Ellos no deben tener vinculación con el fujimorismo. Hay que revisar escrupulosamente su conducta y ver cómo actuaron en los casos de corrupción del pasado. No me queda dudas de Roberto Barandiarán ni de Elvia Barrios, por supuesto expreso en primer lugar mis sentimientos de buena fe y respecto a la conducta de los demás, pero creo que es deber de la sociedad civil hacer un examen riguroso del comportamiento de cada uno de ellos, en particular en los casos donde se ventilaron asuntos de corrupción”, recomendó.
Asimismo, opinó, en otro momento, que la sentencia de 25 años de pena privativa de la libertad contra Alberto Fujimori, está sólidamente fundamentada dentro del debido proceso a nivel internacional. Dijo que este fallo devuelve el Estado de Derecho y fortalece la democracia de nuestro país.
“Ha sido una sentencia justa y sólidamente fundamentada en argumentos jurídicos, nadie puede cuestionar eso. Ha sido justa porque se ha esclarecido la dimensión de la culpabilidad del acusado y al hacerlo ha protegido a las víctimas de las acciones criminales realizadas por el hoy condenado Alberto Fujimori. Entonces la sentencia ha cumplido el papel esencial que debe cumplir el proceso penal que es castigar al culpable y proteger a las víctimas”, estimó.
“Este fallo no sólo reivindica el Estado de Derecho sino que además hace justicia y fortalece la democracia. Es una sentencia de un valor superior al ámbito nacional porque ilumina sin duda las decisiones de otros tribunales en otros países. En resumen es una sentencia fundamentada en el derecho y la razón en hechos sólidamente establecidos. Y sobre todo establece la verdad judicial y la verdad histórica de los hechos”, apuntó.
Además, Maldonado Paredes comentó que el pronunciamiento de la Sala Penal Especial recoge los principios y las normas del derecho internacional de los derechos humanos, porque se apoya en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y en la doctrina de la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional (CPI).
Aseguró que la Procuraduría Ad Hoc fue la primera en utilizar la teoría de la Autoría Mediata, cuando se buscó ante los tribunales chilenos la extradición del hoy condenado Alberto Fujimori. Dijo que antes el Ministerio Público tenía dos teorías jurídicas que no hubiesen resultado en este caso, que es histórico para el Perú y el mundo.
“En honor a la verdad debo decir que la primera ocasión en que se usó la Autoría Mediata, como una teoría que explica y fundamenta jurídicamente la imputación penal del entonces extraditado Fujimori fue la solicitud de la Procuraduría Ad Hoc a nombre del Estado peruano y presentada ante le gobierno de Chile en los primeros días de enero del 2006. Ese fue un trabajo que no se había hecho antes”, indicó.
“El Ministerio Público había imputado a Fujimori con la teoría de coautor, lo que hubiese llevado a una serie de problemas y elementos de complejidad al momento que el Ministerio Público sustentara su exposición. Anteriormente se había intentado con la teoría de la comisión por omisión que para mí francamente era muy débil. Ninguna de esas dos teorías expresaba claramente la responsabilidad del hoy condenado”, explicó.
Finalmente, recordó que la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Chile, presidida por el magistrado Alberto Chaigneau, también acogió esta tesis cuando aprobó la repatriación de Alberto Fujimori en el 2007.
“Esto fue de un editorial en el diario 'El Mercurio', en la que el magistrado Alberto Chaigneau dio a conocer públicamente la decisión de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Chile. En esa ocasión 'El Mercurio' que es un diario muy conservador dijo que le llamaba la atención que Sala haya acogido esa extraña teoría del autor mediato”, concluyó. (Con información de Ideeleradio)
