Las empresas tienen 30 días después de la presentación de la Declaración Jurada de regularización del Impuesto a la Renta (IR) correspondientes al 2011 para abonar a sus trabajadores las utilidades correspondientes a ese periodo.
La regularización del Impuesto a la Renta correspondiente al 2011 se realizará entre el 26 de marzo y el 10 de abril, de acuerdo a la Sunat.
Es preciso recordar que el empleador es responsable de pagar los respectivos intereses, una vez se haya vencido el plazo de abono establecido.
LA DISTRIBUCIÓN
Primero, para determinar el pago por utilidades, las empresas deben calcularlo a partir de las remuneraciones y días que laboraron sus trabajadores durante el año anterior.
Luego la empresa debe establecer el porcentaje de las utilidades a distribuir tomando en cuenta la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU). El porcentaje para las empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales será de 10%; para empresas mineras, de comercio al por mayor y menor, y restaurantes, 8%; y para las empresas que realizan otras actividades, 5%.
Ahora, el 50% será distribuido entre todos los trabajadores que laboraron en la empresa durante el año anterior. Este se fracciona entre la suma total de días laborados por todos los trabajadores, y luego se multiplica por el número de días efectivamente laborados por cada trabajador.
Finalmente, la otra mitad restante se distribuye en proporción a las remuneraciones de cada trabajador.
Las utilidades correspondientes a cada trabajador no podrán exceder las 18 remuneraciones mensuales, recordó la Cámara de Comercio de Lima.