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Objeciones a la Ley de Consulta no tienen sustento

Defensoría del Pueblo. Abanto asegura que el gobierno aprista realizó una inadecuada interpretación jurídica de la ley.

La Defensoría del Pueblo consideró “sin sustento” las observaciones en contra de la aprobación al proyecto de la Ley de Consulta Previa, que aún no puede ser aprobado por el Congreso de la República.

“La consulta previa tiene por finalidad llegar a un acuerdo o consentimiento, lo cual no significa bajo ninguna circunstancia un derecho de veto. De no existir un arreglo, el Estado tiene la responsabilidad de tomar una decisión en el marco de la proporcionalidad”, indicó Alicia Abanto, encargada de los programas de pueblos indígenas de la Defensoría del Pueblo.

Además consideró un grave error haber observado dicha iniciativa legal con la excusa de que con la misma se les da “derecho a veto” sobre futuras inversiones.

“Las observaciones formuladas por el gobierno aprista nacieron de una inadecuada interpretación jurídica del Convenio 169 de la OIT y al margen del derecho internacional indígena”, refirió Abanto.


Dijo esperar que se legisle sobre la base de la autógrafa observada que cuenta con gran consenso.

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