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Sepa qué trámites debe realizar si es heredero de un fonavista y quiere cobrar los aportes

Oportunidad. Miles tendrán la posibilidad de beneficiarse con el aporte que sus padres o abuelos dieron al Fonavi.
Oportunidad. Miles tendrán la posibilidad de beneficiarse con el aporte que sus padres o abuelos dieron al Fonavi.
Requisitos. Hay más de un millón de herederos que podrán acogerse a los beneficios de la devolución.

Prepare con tiempo sus documentos. Los herederos de los fonavistas, es decir su cónyuge o sus hijos, podrán beneficiarse con la devolución de los aportes. Para ello, dichos familiares deben figurar en el único Padrón Oficial, que elabora la Asociación Nacional de Fonavistas y el cual será empleado por la Comisión ad hoc al momento de programar la restitución de los aportes. Se calcula que existen un millón de herederos de fonavistas que podrán acogerse a los beneficios de la devolución de aportes.

CONOZCA LOS REQUISITOS

El primer paso para que los familiares directos (cónyuge, hijos, padres, hermanos) hagan efectivo el cobro de dicha devolución es realizar la Declaratoria de Herederos, documento que tiene por objeto determinar quiénes son los herederos legales de aquella persona que ha fallecido. Este trámite debe realizarse ante un notario o juez para que certifique la legalidad del proceso y se nombre al representante del fonavista fallecido. Si no hay ninguno de los parientes cercanos (esposa e hijos), lo harían los familiares más próximos.

Entre los requisitos para tramitar dicha declaratoria figuran la partida de defunción del fonavista (en este caso), partida de nacimiento del presunto heredero o la partida de matrimonio (dependiendo del parentesco), la relación de los bienes conocidos del fallecido, entre otros.

El notario o juez publicará un aviso con un extracto de la solicitud en un diario local con la finalidad de que otros herederos también reclamen su existencia.

Una vez hecha la Declaratoria de Herederos (el trámite  toma aproximadamente un mes), el familiar deberá acercarse con este documento ante la Comisión ad hoc para tramitar la ficha de inscripción (Formulario N° 1) y presentarla ante este estamento. Se debe tener en cuenta que todavía no se ha establecido el cronograma para realizar la gestión que permite la recepción de los documentos.

Asimismo, Raúl Canelo aconsejó a los herederos de los fonavistas que "vayan ordenando su situación legal y  se pongan en contacto con un abogado o notario para hacer este trámite, ya que es muy sencillo".

Por otro lado, el presidente de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú, Andrés Alcántara, recomendó a los fonavistas mantener la calma y que no se dejen engañar por 'falsos tramitadores'.

CONSULTORIO FONAVISTA 

Julián Benavente: ¿Qué documentos hay que adjuntar con la solicitud de inscripción al proceso de devolución del Fonavi?

Esta es una de las dudas más frecuentes entre los fonavistas. En realidad, no se necesita adjuntar ningún documento con el formulario de inscripción. Basta con que uno lo llene correctamente y mencione las fechas y lugares donde trabajó. En caso de que la persona no califique porque la información es errónea, se comunicarán con ella para realizar la verificación.

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Hay 11 Comentarios
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30 de enero de 2012 | 20 hrs
rosaliaasenjo escribe:

pregunto las empleadas de el hogar algunas ya estan jubiladas tambien aportaron sus empleadores ¿como saberlo si los documentos se quedaron en el tramite para la resolucipon de pago de aportaciones? y estas no tienen un documento que acredite sus pagos ya que se dice que era obligatorio. agradezco su repuesta.

26 de enero de 2012 | 20 hrs
Juan M. B. escribe:

gracias a la asociacion nacional de fonavistas del peru que luchamos tantos años para la aprovacion de la ley 29625, se va ha lograr esta devolucion de nuestros aportes, por tanto vale la pena hacer un poco mas de esfuerzo para hacer los tramites correspondientes hasta lograrlos.

26 de enero de 2012 | 11 hrs
Maria escribe:

No nos desesperemos,... esperemos lo que dice la Comision del MEF y luego empecemos nustro tramite,porque este reporte es de la Asociacion de Fonavistas.

25 de enero de 2012 | 22 hrs
Paulina escribe:

y los q tienen la declaratoria d herederos pero NO estan inscritos en la ANFP como haran el trámite si primero dijeron q esa inscripcion NO ERA VÁLIDA???? Qalguien CONTESTE por favorrr!!!! Gracias!!

24 de enero de 2012 | 13 hrs
janet perez escribe:

bueno mi papa fallecio hace un año y medio aprox. el aporto al FONAVI nosotros somos 4 hijos y mi mama, en la declaratoria de herederos figuramos los hijos ...
Es que no me parece justo que siendo algo de mi padre nos corresponda algo a nosotros, para mi deberia ser todo de mi mama.

24 de enero de 2012 | 13 hrs
Pedro escribe:

Pero la Ley dice que el trámite es gratuito y al inscribirte en la Asociación Nacional de Fonavistas no te cobran? Alguien podria aclararme este punto.

Mi madre ya cuenta con la declaratoria de herederos y los demas documentos como partida de defunción etc.

24 de enero de 2012 | 13 hrs
Comentarista escribe:

Esperar 20 anhos? Que pasa si entra otro gobierno y no le da la gana de pagar? Alan pudo haber expeditado esto pero lo hizo al ultimo minuto. Que grandes politicos tenemos, XD! (;-((

24 de enero de 2012 | 10 hrs
PICAFLORTARMEÑO escribe:

QUE BUENA NOTICIA POR PARTE DELA ANFPP,ESPEREMOS QUE LAS VIUDAS O HEREDEROS SE PONGAN PILAS Y REALICEN SU TRAMITE DE MANERA OPORTUNA PARA QUE COBREN SU FONAVI.

24 de enero de 2012 | 10 hrs
Maggie escribe:

Tienes que hacer una declaratoria de herederos con un abogado e inscribirla en los Registro Publicos, mas o menos $300 dolares, despues tienes que corregir tu partida de nacimeinto en caso algun nombre o apellido le falte o sobre una letra , costo aprx, $800, despues tiene que opresentarlo al FONAVI y esperar unos 20 años para recibir un bono.

24 de enero de 2012 | 09 hrs
Maryann Lucero escribe:

Tengo un familiar que esta fuera del país hace 20 años en este caso presentaría el formulario de inscripción pero mi familiar firmaría o que se necesita o como haría es bien difícil que venga al Perú.

24 de enero de 2012 | 07 hrs
NOTARIA escribe:

Habría que darse cuenta si después de tanto trámite sale a cuenta todo el gasto, me han dicho que la declaratoria de herederos vale entre 500 y 1500 soles !!!!!

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