La Presidencia del Consejo de Ministros publicó un Decreto Supremo en el que se establecen los días no laborables compensables destinados a los trabajadores que presten servicios para el sector público durante el 2013.
Así, las horas dejadas de trabajar en los días no laborales serán recuperadas en la semana posterior a la del día no laborable, o como lo establezca cada dependencia pública.
Los días establecidos son lunes 11 y martes 12 de febrero, jueves 27 y viernes 28 de junio, martes 30 de julio, jueves 29 de agosto, lunes 7 de octubre, así como el lunes 30 y martes 31 de diciembre.
En tanto que en el sector privado, podrán acogerse a la norma previo acuerdo entre el trabajador y empleador.
Según refiere el documento publicado en el Diario El Peruano, dicha medida fue adoptada por el Gobierno con el objetivo de promover el desarrollo del turismo en el Perú.
