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Todo sobre la licencia para detección de cáncer de mama y cuello uterino: ¿cómo acceder en 2024?

Conoce cómo acceder a la licencia que otorga el empleador para que las trabajadoras puedan realizarse los exámenes de descarte de estas enfermedades oncológicas.

Las trabajadoras podrán solicitar una licencia con goce de haber para realizar sus exámenes de descarte de cáncer de mama y cuello uterino. Foto: composición de Jazmin Ceras/LR/Andina
Las trabajadoras podrán solicitar una licencia con goce de haber para realizar sus exámenes de descarte de cáncer de mama y cuello uterino. Foto: composición de Jazmin Ceras/LR/Andina

Hace algunos días, el Gobierno publicó en el diario oficial El Peruano el reglamento de la Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica. Dicha norma establece una licencia con goce de haber, la cual faculta a las trabajadoras a ausentarse de su jornada laboral para realizarse los exámenes de detección de cáncer de mama o de cuello uterino.

Su aplicabilidad debe ser adoptada por todas las entidades púbicas, privadas y mixtas que prestan servicios de salud en nuestro país, así como las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS). A continuación, revisa el procedimiento para solicitar esta licencia en los centros de trabajo y averigua cuántos días se dispone para que las trabajadoras asistan a su chequeo médico.

¿Cuántos días de licencia hay para la detección de cáncer de mama y cuello uterino?

De acuerdo con el reglamento de la Ley 31561, la licencia para efectuar los exámenes de detección de cáncer de mama y cuello uterino es con goce de haber y permite a las trabajadoras ausentarse de su empleo un día al año. De igual forma, la norma precisa que las personas de sexo femenino que trabajen en el sector público o privado en cualquier modalidad de contrato laboral, pueden solicitar esta licencia.

Respecto al procedimiento para que las trabajadoras pidan este permiso con goce de haber, este se inicia con la presentación al empleador de la programación de su cita para los exámenes de detección de estos tipos de cáncer, la cual puede realizarse en una IPRESS pública o privada, incluida la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas. Dicho documento acompaña la solicitud simple de licencia con goce de haber, que es dirigida a su jefatura inmediata; tras ello, se deriva a la oficina general de gestión de recursos humanos del empleador o la parte pertinente.

Vale mencionar que esta licencia con goce de haber otorgada a las trabajadoras es asumida por los empleadores, los mismos que no pueden requerir al Seguro Social de Salud el financiamiento,

Licencia para descarte de cáncer de mama y cuello uterino: ¿cómo solicitarla?

Según el Decreto Supremo N.º 001-2024-SA que aprueba el reglamento de la Ley N.º 31561, Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica, el procedimiento para solicitar una licencia con goce de haber para la detección temprana de cáncer de mama o de cuello uterino es el siguiente:

  1. Presentar una solicitud simple de licencia con goce de haber a través de medios físicos o virtuales, la cual se deriva a la oficina general de gestión de recursos humanos del empleador o quien haga sus veces.
  2. Dicha solicitud se realiza con una anticipación a la cita programada de 3 días hábiles.
  3. Además, debe adjuntarse el documento de programación de la cita para los exámenes de detección de cáncer de mama y cuello uterino.
  4. Finalmente, es necesario recordar que la presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia por parte de la trabajadora, sino que debe completar el proceso acreditando la atención que recibió con una constancia.

¿Qué programas de apoyo se les brinda a los familiares de pacientes con cáncer?

El reglamento de la Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica establece que los Gobiernos regionales, provinciales y locales, en articulación con las entidades competentes del Gobierno nacional, implementan programas de apoyo dirigidos a los cuidadores y familiares de pacientes con cáncer.

Dicho trabajo debe considerar las características socioculturales de la población a la cual se dirigen, que incluyen: asesoramiento e información sobre el manejo de la enfermedad, la creación de redes de apoyo de pacientes y cuidadores, el soporte psicológico o emocional y la implementación de albergues temporales.