El Estado no puede defender a los pequeños de la violencia
Tres escolares, de 10, 12 y 13 años de edad, se suicidaron los últimos días agobiados por el acoso escolar que sufrían constantemente. Cuesta imaginar el dolor de las pequeñas víctimas previo a las fatales decisiones y el drama cotidiano de no poder defenderse del duro maltrato. A Damaris L.V., llegada de Huancayo a un colegio de Lima hace poco, le decían “alpaca”, “serrana”, “chola” y “cochina”. En los otros casos, el maltrato era también cruel y continuado.
El acoso escolar, como lacerante problema, ha superado al Estado, como lo han superado otros problemas de la escuela pública. Frente a él, como ante los otros, se han ensayado medidas que se muestran insuficientes y de escasa imaginación. La Ley N° 29719, llamada Ley Antibullying, de junio del 2011, ordenaba la incorporación de un psicólogo en cada colegio, en un proceso que culmina en diciembre de este año. La norma también dispone que Indecopi supervise los colegios para verificar la existencia de cualquier forma de hostigamiento y acoso entre estudiantes e impongan sanciones.
Como se advirtió en su momento, a poco menos de un año de su expedición, la ley es un resonante fracaso. La norma cifra sus esperanzas en el psicólogo, concibiendo su rol, a decir del especialista León Trahtemberg, en un pacificador de la escuela, subestimando el rol del profesor, de la familia y del mismo estudiante. Fuera de ello, por ahora, la ley es inviable: el Perú tiene decenas de miles de colegios públicos y solo cuenta con 17 mil psicólogos, de los cuales 925 están al servicio del Ministerio de Educación. El remedio anunciado, de los psicólogos itinerantes que brinden charlas a profesores y alumnos, es más que un absurdo. Los problemas de la ley no acaban allí. El Ministerio de Educación no ha recibido los recursos para contratar un número mayor de psicólogos para las áreas críticas en tanto que las medidas más simples, como la colocación del Libro de Registro de Incidencias, no ha culminado. En el colmo, el proyecto de Reglamento de la ley, que mejora sustancialmente las disposiciones de esta, no ha sido promulgado.
¿MÁS CENSURAS?
La bancada Concertación Parlamentaria ha presentado un proyecto de modificación constitucional para introducir en el ordenamiento jurídico peruano la figura de la interpelación y censura de los presidentes regionales, una figura similar a la de los ministros. El argumento exhibido es muy pobre y deleznable, y alude al hecho de que las regiones ejecutan un presupuesto público; con lo que también deberían ser sometidas a interpelación, siguiendo ese razonamiento, los alcaldes, rectores universitarios y jefes de los organismos constitucionalmente autónomos.
Apreciada la iniciativa es contraproducente, centralista y potencial generadora de nuevos conflictos. El Congreso experimenta serias dificultades para realizar el control político del gobierno, de modo que extender sus funciones a 25 regiones sería incongruente con la eficacia actual demandada. No poder censurar a los presidentes regionales no le impide al parlamento investigar sus gestiones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97° de la Constitución.