El dióxido de cloro se legalizó en Bolivia, pero no está comprobado que tenga beneficios contra la COVID-19

El dióxido de cloro se legalizó en Bolivia, pero no está comprobado que tenga beneficios contra la COVID-19

Una médica señaló que la producción y distribución del dióxido de cloro ya es legal en Bolivia y generó efectos positivos. Sin embargo, tales afirmaciones son imprecisas.

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En diciembre de 2020, a través de redes sociales, Lida Obregón emitió un vídeo en defensa del uso del dióxido de cloro en pacientes COVID-19. En este material audiovisual, la médica mencionó como sustento, principalmente, la legalización de este producto en Bolivia y supuestos “resultados positivos” en la incidencia de casos.

Verificador

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Este espacio ya ha desmentido los supuestos beneficios de dióxido de cloro en pacientes COVID-19. Además, actualmente no existe medicamento que cure o prevenga el nuevo coronavirus, excepto las vacunas. En ese sentido, vamos a centrarnos en el caso boliviano a nivel normativo, ya que esta mención fue analizada a mediados de enero por Verificador de La República y respondido por Obregón a inicios de febrero.

En Bolivia sí está aprobada la Ley que promueve la producción y distribución del dióxido de cloro

Lidia Obregón señaló en un vídeo lo siguiente: “En estos momentos (diciembre de 2020), está legalizado el procesamiento y distribución del dióxido de cloro en Bolivia”.

La República analizó el proceso normativo detrás de la Ley N.° 1351, que regula la elaboración, comercialización, suministro y uso consentido del dióxido de cloro como prevención y tratamiento ante la pandemia del coronavirus, el cual hace mención la doctora en su vídeo de diciembre y a sus invitados: el abogado Gabriel Justiano, la doctora Patricia Callispieris y el doctor Guery Cordero, en su clip de inicios de febrero.

“En Bolivia, al igual que en Perú, existe un Estado semipresidencialista; por lo tanto, para que una ley sea aprobada debe contar con la aprobación del Legislativo y el Ejecutivo, pero, en caso no se logre ese consenso, el Parlamento (diputados y senadores) puede promulgarla por insistencia”, precisó la abogada constitucionalista María René a Verificador de La República.

La Ley N.° 1351 fue aprobada primero por la Cámara de Senadores el 14 de agosto, como lo detalla la página de dicha entidad parlamentaria.

Dicha medida no contó con la aprobación del Poder Ejecutivo, entidad que solicitó el pronunciamiento del Tribunal Constitucional a través de una solicitud de consulta; sin embargo, María René detalló que “el ente no llegó a pronunciarse al respecto, por lo que la ley siguió su curso”.

El 14 de octubre de 2020, la ley fue promulgada por insistencia por la presidenta de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), Eva Copa, pese a las múltiples observaciones que planteó el Ejecutivo con respecto a la falta de evidencia científica.

Así lo demuestra el comunicado emitido por el anterior Gobierno dos días después de promulgada la ley en la Asamblea Legislativa, y publicada en Maldita.es. Asimismo, Virgilio Prieto, exdirector nacional de Epidemiología del Gobierno de Jeanine Áñez, informó que, pese a las observaciones del Ejecutivo, el Parlamento decidió aprobarlo: “Nosotros nos opusimos porque no tenía validez científica”, declaró para este medio.

¿La explicación detrás de su promulgación? La prensa boliviana reporta que el proyecto de ley nace del Movimiento al Socialismo (MAS), mayoría parlamentaria, como parte de una estrategia en medio de un proceso electoral, ya que las elecciones presidenciales se llevarían a cabo días después, exactamente el 18 de octubre.

Debido al rechazo por parte del gobierno de Áñez, la norma demoró en entrar en vigencia. Recién con el cambio de presidencia la ley es respaldada por el nuevo Ejecutivo, lo cual generó que sea publicado en la gaceta oficial del Gobierno boliviano en 1 de diciembre de 2020, como consta en la misma página oficial.

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A partir de entonces, la norma entró en vigencia. Esta ley autoriza, de forma excepcional, la elaboración, comercialización, suministro y uso de la solución de dióxido de cloro “para la prevención y tratamiento de la COVID-19 durante la pandemia”.

La abogada María René remarcó que existen mecanismos legales que se pueden presentar para dejar sin efecto dicha ley, como el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional; sin embargo, confirmó que, a la fecha, la ley está vigente, pese a todas los pronunciamientos en contra de la comunidad científica.

Asimismo, los periodistas bolivianos consultados para esta nota señalaron que actualmente no hay avances en su implementación. “La vacuna es la prioridad en esos momentos”, precisaron.

No hay pruebas de que el consumo de dióxido de cloro haya disminuido la incidencia de casos de COVID-19 en Bolivia

Asimismo, la doctora Lida Obregón hace mención, en su vídeo de diciembre, que el consumo del dióxido de cloro en ciertas gobernaciones había traído como consecuencia la disminución de la incidencia de casos COVID-19 en el país vecino.

“Estas medidas [consumo de dióxido de cloro] ha sido un éxito para el pueblo boliviano. Para agosto, Bolivia tenía 2.004 casos nuevos diarios; para octubre, los casos se redujeron a 283 por día; para el 28 de noviembre, los casos bajaron a 98 por día”, indicó Obregón.

Sin embargo, hasta la fecha no hay estudios que vinculan el consumo de dióxido con la baja incidencia de casos COVID-19 en Bolivia. Así lo informó el doctor Prieto y también Juan Vargas, periodista de Bolivia Verifica.

Lo que sí se ha realizado en Bolivia es una investigación para conocer si tiene propiedades para actuar como antiviral en pacientes COVID-19, el cual fue realizado por la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca. La conclusión del estudio fue que el dióxido de cloro no tiene efecto antiviral.

No existen informes oficiales que confirmen el vínculo entre el consumo del dióxido de cloro y la disminución de casos en los meses señalados por la doctora Obregón.

Es falso que el dióxido de cloro cure o prevenga el nuevo coronavirus

En Verificador de La República ya se han desmentido diversas desinformaciones acerca del dióxido de cloro: es falso que sea tóxico cuando se inhala, pero no cuando se toma y es falso que sea “la cura” para la COVID-19.

La Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés) ha informado desde inicio de la pandemia sobre los peligros del consumo de dióxido de cloro.

“Tanto el clorito de sodio como el dióxido de cloro son los ingredientes activos de ciertos desinfectantes, además de tener otros usos industriales. No están hechos para que los ingieran las personas”, detalla en un comunicado.

Asimismo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) explicó que todavía no existe medicamento o tratamiento para prevenir o tratar la COVID-19, excepto las vacunas que han seguido su proceso de investigación y ensayos.

Finalmente, a nivel nacional, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) del Ministerio de Salud señaló que, tanto el dióxido de cloro como el clorito de sodio, no cuentan con autorización sanitaria en nuestro país, puesto que su consumo puede ser perjudicial.

“El dióxido de cloro es considerado un poderoso agente blanqueador, y su consumo puede causar graves daños a la salud, siendo algunos potencialmente mortales”, precisan en su publicación.

Verificador

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Conclusión

Efectivamente, la Ley N.° 1351, que promueve la producción, comercialización y distribución del dióxido de cloro está vigente en Bolivia, a pesar de las observaciones del Ejecutivo

Sin embargo, hasta la fecha, no existe evidencia científica concluyente del uso del dióxido de cloro en humanos y mucho menos en pacientes COVID-19. Por lo tanto, dicha norma fue promulgada sin respetar pronunciamientos de la comunidad científica, tanto de Bolivia como de organismos internacionales.