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Economía

Avanza en el Congreso dictamen para aumentar los días de licencia por paternidad: ¿de qué trata?

El texto aprobado en la Comisión de Trabajo del Congreso busca ampliar en 5 días la licencia por paternidad en el sector público y el privado. A continuación, conoce sus alcances y otros detalles.

En la actualidad, los trabajadores que son padres de familia tienen el derecho a solicitar una licencia por 10 días calendario consecutivos. Foto: composición de Jazmin Ceras/LR/Andina
En la actualidad, los trabajadores que son padres de familia tienen el derecho a solicitar una licencia por 10 días calendario consecutivos. Foto: composición de Jazmin Ceras/LR/Andina

Los trabajadores de los sectores público y privado que son padres de familia tienen derecho a gozar de un periodo de descanso remunerado debido al nacimiento de su hijo/a. Según la Ley 30807, el empleador debe otorgar 10 días de licencia por paternidad en los casos de parto natural o cesárea de su cónyuge o conviviente. Sin embargo, esta temporalidad podría modificarse.

Resulta que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que preside el congresista Pasión Dávila, aprobó el último martes 23 de enero un nuevo texto sustitutorio del predictamen para "proteger los derechos laborales de los progenitores", que, entre otras modificaciones, busca ampliar a 15 días este permiso para los padres. A continuación, revisa los principales alcances de esta propuesta normativa y sus impactos en la legislación laboral.

Más días de licencia por paternidad: ¿de qué trata este dictamen del Congreso?

Con 9 votos a favor, ninguno en contra y solo 2 abstenciones, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó en su última sesión extraordinaria del 23 de enero el predictamen que busca proteger los derechos laborales de los progenitores que trabajan en el sector público y privado. Dicha iniciativa legislativa agrupa 8 proyectos de los parlamentarios Seferino Flores, Kira Alcarraz, Darwin Espinoza, Wilson Soto, Katy Ugarte, Rosángella Barbarán, Alejandro Soto y Víctor Cutipa.

Entre los principales alcances de esta propuesta legislativa, destacan la disposición de ampliar la licencia por paternidad de 10 a 15 días, en casos de parto natural o cesárea. Hasta la actualidad, este periodo de descanso remunerado era asumido por el empleador y con el dictamen aprobado, los 5 días adicionales serían subsidiados por EsSalud.

De igual forma, dicha iniciativa de ley eleva de 20 a 25 días el permiso para los padres de familia con el objetivo que puedan ausentarse de su puesto de trabajo en casos especiales, como nacimientos prematuros y partos múltiples. En opinión de Germán Lora, socio de Damma Legal Advisors, "esta norma impactaría contra EsSalud que se encuentra en déficit financiero porque le quitaron los aportes de las gratificaciones y ahora tendría que asumir económicamente los 5 días adicionales".

Por su parte, el abogado laboralista Javier Rocca señaló a este medio que la extensión de la licencia por paternidad es una medida razonable y un avance porque se necesita un acompañamiento del padre al momento del parto. "Además de la licencia por paternidad, esta norma garantiza la protección del progenitor en cuanto al despido y esto es un aspecto positivo, ya que hasta la fecha, la ley no lo contemplaba", opinó.

Vale mencionar que este dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social quedó listo para su posterior debate en el Pleno del Congreso, cuya legislatura inicia a fines de marzo.

¿Desde cuándo se puede pedir la licencia por paternidad?

De acuerdo con el abogado Germán Lora, el plazo de la licencia por paternidad se computa a partir de la fecha que el trabajador indique entre las siguientes opciones:

  • Desde la fecha de nacimiento del menor.
  • Desde la fecha en que la madre o el hijo/a salgan del centro médico respectivo.
  • A partir del tercer día anterior a la fecha probable del parto.

¿Qué pasa si el empleador incumple con otorgar la licencia por paternidad?

Los trabajadores que son padres de familia pueden presentar su denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) si la empresa en que laboran niega el otorgamiento de la licencia por paternidad. Sin embargo, la norma no ha previsto aplicar algún reconocimiento económico en favor del trabajador, explica Germán Lora.

Por su parte, Javier Rocca refirió que la negación de este permiso a los trabajadores que son padres de familia, constituye una infracción muy grave y recordó que la Sunafil establece una multa con un monto que va desde S/1.138,50 hasta S/260.023,50, el cual varía dependiendo del régimen de la empresa y de la cantidad de trabajadores afectados.

Dictamen de la Comisión de Trabajo: ¿qué otros cambios propone?

El incremento de los días de licencia por paternidad no es la única modificación que plantea el predictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Hay otros, que listamos según los especialistas consultados:

  • Se modifica el artículo 65 del Decreto Legislativo 728 para que se declare nulo el despido de una trabajadora en casos de embarazo, nacimiento, lactancia y sus consecuencias.
  • La protección del despido nulo se puede ampliar al padre con vínculo laboral si es que la madre no trabaja, salvo que haya una falta grave.
  • Se modifica el artículo 48 del Decreto Legislativo 728 para que se otorgue un permiso a la trabajadora embarazada con el fin de que realice sus controles prenatales.
  • Se cambia el artículo 4 de la ley 27409, con el propósito de otorgar la licencia laboral por adopción para cónyuges o integrantes de la unión de hecho. Vale mencionar que la mujer recibe la licencia en estos casos.
  • Las mujeres en periodo de lactancia, además de poder solicitar a sus empleadores no realizar labores de riesgo, pueden desarrollar su jornada bajo mecanismos como el teletrabajo.

¿Cuáles son las licencias laborales o permisos que existen en el Perú?

  • Licencia pre-natal
  • Licencia post-natal
  • Ampliación de licencia post-natal por parto múltiple o nacimiento de hijo con discapacidad
  • Licencia por paternidad
  • Licencia por paternidad por nacimiento prematuro o múltiple
  • Licencia por paternidad por nacimiento con enfermedad congénita terminal o discapacidad severa
  • Licencia por paternidad por complicaciones graves en la salud de la madre
  • Ampliación de la licencia por paternidad en caso del fallecimiento de la madre durante el parto o durante el goce de la licencia por maternidad
  • Licencia para trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o hayan sufrido un accidente de trabajo
  • Licencia para trabajadores cuyo hijo menor a 18 años sea diagnosticado de cáncer
  • Licencia por adopción
  • Licencia por asistencia médica y terapias de rehabilitación de personas con discapacidad
  • Incapacidad temporal para el trabajo
  • Licencia para bomberos voluntarios
  • Licencia a miembros del Comité de SST o Supervisores
  • Descanso vacacional
  • Permiso para cuidado de familiares con Alzheimer y otras demencias
  • Licencia Sindical
  • Inasistencia justificada por violencia familiar
  • Suspensión de la relación laboral por violencia familiar
  • Licencia para continuar con el tratamiento de tuberculosis
  • Licencia por servicio militar
  • Licencia para trabajadores seleccionados para representar al Perú en eventos oficiales nacionales e internacionales
  • Permiso por lactancia materna
  • Licencia para trabajadores en el día programado para su vacunación contra la COVID-19
  • Licencia con goce de haber compensable a los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos
  • Licencia para exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino
  • Licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos
  • Inasistencia justificada por declaración de testigos
  • Permiso para donación de sangre
  • Licencia para regidores municipales.

Periodista por la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor web de economía en La República, con experiencia en instituciones públicas y de sociedad civil. Interesado en temas de política, sociedad y derechos humanos.